Los chicos de quesabesde.com han elaborado un interesante artículo aclaratorio sobre la actual situación de vacío legal en materia de fotografía urbana y de infraestructuras colectivas, tanto públicas, como privadas.
El texto, de obligada lectura para cualquiera que desee saber qué puede y qué no puede hacer en la calle con su cámara, deja claros varios puntos:
- Existe un vacío legal sobre las limitaciones a la hora de tomar fotografías en la vía pública, que las autoridades y responsables respectivos, aprovechan para imponer su criterio propio.
- Aún así, cualquier elemento visible desde la vía pública puede ser fotografiado, digan lo que digan los responsables del lugar a fotografiar.
- Al punto anterior se le aplica la excepción de infraestructuras de seguridad o alto riesgo, como cuarteles, comisarías, cárceles…para los que se recomienda pedir permiso previamente. Permiso que no debería ser negado por regla general.
- En caso de discusión con un vigilante de seguridad y llegar a ser retenido, la recomendación a seguir es negarse a tomar o eliminar la foto y esperar a la Policía si se nos conmina a ello, pudiendo denunciar al miembro de seguridad por retención ilegal. Pero en ningún caso acceder al borrado de la o las instantáneas tomadas. NO PUEDE PEDIRLO Y PUNTO.
- En cuanto a la toma de fotografías desde el interior de edificios, la norma la impone el propietario, de manera legítima. De igual manera, en edificios públicos, la normativa la establece la entidad responsable de la gestión del recinto (ADIF en estaciones de FFCC, AENA en aeropuertos; la Puertos del Estado, en puertos mercantiles y de pasajeros, etc…).
A los anteriores puntos y al artículo en general, me gustaría añadir algo más:
Siempre que se respete la intimidad de los miembros de cuerpos de seguridad y no se infrinja la normativa del recinto en el que nos encontremos, éstos no tienen por qué pedirnos borrar las imágenes y si lo hacen, podemos mantener nuestra negativa libremente, hasta consultar con un abogado. Esto nos puede acarrear una detención, eso sí. Y es importante en este caso, no dar motivos al agente, para que la denuncia pase a ser por desobediencia o incluso agresión verbal o física.
Debemos tener claros nuestros derechos, pero más claras aún nuestras obligaciones a la hora de discutir con las fuerzas de seguridad, para no echar por tierra nuestro derecho legítimo a pedir que sea nuestro abogado o incluso el Juez, quien nos diga que debemos borrar la imagen.
Por supuesto, el sentido común debe primar. Si decidimos llegar hasta el final, que la imagen merezca la pena. No recomiendo para nada, discutir por discutir con un agente. Y lo digo por experiencia ;)
Actualización:
El tema parece que está de moda. La revista Digital Camera (Grupo Zeta) del mes de Marzo, publica un especial “Fotografía y Ley” bastante completo, con preguntas y respuestas, supuestos legales y un artículo sobre derechos de autor e imagen.
MUY recomendado.